Los jueces consideran que la decisión de la UE no está bien fundamentada
Lucía Abellán
Bruselas
17 DIC 2014

Simpatizantes de una milicia armada de
Hamás, durante la conmemoración de los 27 años de la organización
celebrada el pasado domingo en Gaza. / MOHAMMED SABER (EFE)
La justicia europea ha asestado un duro golpe a los países miembros al anular la decisión que la Unión Europea adoptó en septiembre de 2003 de incluir a la organización palestina Hamás
en la lista de grupos terroristas. El tribunal general considera que la
medida “no se basó en hechos examinados por las autoridades nacionales
competentes, sino sobre imputaciones factuales obtenidas de la prensa y
de Internet”.
La inclusión de Hamás
en la lista de grupos terroristas de la UE supuso la congelación de
todos los fondos atribuidos a esa organización y la actualización
constante de los miembros pertenecientes a ella para vetarles la entrada
en territorio comunitario. La decisión del tribunal -contra la que cabe
recurso, que deberá presentar el Consejo Europeo en nombre de todos los
Estados miembros- revoca ahora esa iniciativa, aunque no levanta
inmediatamente sus efectos para evitar “la eficacia de cualquier futura
congelación de esos fondos”. Las medidas restrictivas se mantienen
durante tres meses o, en caso de apelación, todo el tiempo que el
tribunal de Luxemburgo se tome para decidir sobre el recurso del Consejo Europeo.
El texto del tribunal subraya que esta decisión no prejuzga si Hamás
debe ser considerado o no un movimiento terrorista. La organización,
considerada también terrorista por Estados Unidos, Japón, Canadá,
Australia e Israel, se ha atribuido numerosos atentados suicidas
entre 1993 y 2005 y ha sido considerada responsable del lanzamiento de
cohetes contra Israel desde Gaza. Sin entrar en si la definición de
terrorismo se ajusta o no a Hamás, lo que objeta la justicia europea es
el modo como los países miembros han llegado a esa conclusión. “La
jurisprudencia exige que la base de una decisión de la Unión sobre
congelación de fondos en materia de terrorismo se base no en elementos
que el Consejo haya podido obtener de la prensa o de Internet, sino en
elementos examinados y deducidos de decisiones de autoridades nacionales
competentes en el marco de esta posición común”.
La respuesta del tribunal obedece a la demanda que introdujo el
propio grupo Hamás (representado por un abogado, que en el texto legal
figura identificado como L. Glock) en 2010 contra la inclusión de la
organización en la lista terrorista de la UE. El demandante alega, entre
otros motivos, que Hamás "es un gobierno legítimamente elegido, que no
puede ser incluido en una lista de terroristas, de acuerdo con el
principio de no injerencia en los asuntos internos de un Estado". La UE
da la posibilidad a ciudadanos y organismos ajenos a su territorio de
recurrir ante las instituciones europeas cuando una decisión comunitaria
les afecte directamente.
La diplomacia europea respeta la decisión, pero recuerda que el fallo
de Luxemburgo no cuestiona la política de sanciones comunitaria, sino
un aspecto formal de la decisión adoptada sobre Hamás. "Durante el
tiempo que dure la apelación, si se realiza, la UE mantiene a Hamás en
la lista de organizaciones terroristas. La decisión del tribunal no es
política, sino una decisión legal basada en cuestiones de
procedimiento", ha asegurado una portavoz del Servicio Europeo de Acción Exterior. El cuerpo diplomático no aclara por el momento si se producirá esa apelación, para la que dispone de dos meses y 10 días.
Al calor de los atentados terroristas de las Torres Gemelas,
la Unión Europea adoptó en diciembre de 2001 un sistema de sanciones
para poder aislar a personas y entidades consideradas terroristas. Tras
un largo debate entre los Estados miembros, entonces 15, decidieron por
unanimidad incluir a Hamás, sin distinciones entre su rama política y
militar. La permanencia de una organización en esa lista comunitaria se
puede revisar cada seis meses, pero en la práctica es difícil sacar a
quien ya ha entrado porque la decisión requiere unanimidad.
Es la segunda vez en pocos meses que el Consejo Europeo recibe un
revés de ese tipo por su política de sanciones. En octubre, el mismo
tribunal anuló la inclusión en la lista terrorista del grupo de Sri
Lanka Tigres Tamil,
responsable de secuestros de niños soldado y utilización de civiles
como escudos humanos. Al igual que en el caso de Hamás, el fallo
objetaba las fuentes en las que se habían basado los Estados miembros
para llegar a esa conclusión: la prensa e Internet.
Y ¿Cuál es la definición definitiva de terrorista? - Habría que ver qué países entrarían primero y de cabeza en la verdadera lista de terroristas... no es difícil suponer que USA e israel serían los primeros.
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